Avanza el proceso para juzgar a José Manuel Baltar por exceso de velocidad en Zamora
El tribunal consideró necesario solicitar la autorización del Senado para suspender la inmunidad parlamentaria de Baltar y proceder penalmente en su contra, debido a los indicios de delito encontrados
Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años
La Comisión de Suplicatorios del Senado dará un paso significativo este martes para permitir al Tribunal Supremo llevar a cabo un proceso penal contra el senador, José Manuel Baltar, por un presunto delito contra la seguridad vial, al conducir a una velocidad de 215 kilómetros por hora en la autovía A-52 a su paso por Asturianos. Esta medida, respaldada por el Partido Popular, es parte del proceso que llevaría al senador y expresidente de la Diputación de Ourense a ser juzgado por el Supremo.
La solicitud de suplicatorio al Senado fue iniciada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, tras recibir una exposición razonada de la magistrada instructora, Ana Ferrer. El tribunal consideró necesario solicitar la autorización del Senado para suspender la inmunidad parlamentaria de Baltar y proceder penalmente en su contra, debido a los indicios de delito encontrados.
El procedimiento ha avanzado con el apoyo del Partido Popular, que votará a favor en la Comisión de Suplicatorios este martes. Una vez aprobada esta autorización, el caso pasará al Pleno del Senado para su aprobación final, permitiendo que el Supremo active el proceso judicial.
La causa arrancó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Puebla de Sanabria. En base al atestado realizado por la Guardia Civil de Zamora se solicitaba la celebración de un juicio rápido en el que la Fiscalía solicitaba una pena de seis meses de multa por valor de 1.800 euros, así como un año y un día de retirada del permiso de conducir. Después pasó al Juzgado de lo Penal de Zamora, sin embargo, su acreditación como senador, hizo que el juicio llegara al alto tribunal.
Aquel día de abril, Baltar, fue multado dos veces en menos de una hora al igual que también fue 'cazado' por un radar circulando en en la provincia de Zamora a 215 kilómetros por hora. Conducía el coche oficial cuando fue interceptado, un vehículo que acumula hasta diez denuncias similares por exceso de velocidad en los últimos cuatro años.
Baltar fue sancionado en el momento de los hechos con una multa por valor de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné de conducir. Una sanción en principio tramitada como infracción administrativa, pero que posteriormente pasó a considerarse un presunto delito contra la seguridad vial atendiendo a los límites del exceso de velocidad detectado por el radar.
Según el artículo 379 del Código Penal, conducir un vehículo superando la velocidad máxima permitida en 60 km/h en vías en 80 km/h en vías interurbanas -como fue el caso- podría enfrentarse a una pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En cualquier caso, el delito sí conlleva la privación del derecho a conducir.