Primera multa a Mercadona de una autoridad de consumo española tras una denuncia de FACUA

Tortillas de Avena de la marca Hacendado
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sanciona con 30.000 euros a la cadena de distribución y le obliga a corregir el etiquetado de su marca blanca por prácticas consideradas engañosas en sus "tortillas de avena 51%"

 

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una multa de 30.000 euros a Mercadona tras la denuncia presentada por FACUA-Consumidores en Acción, al considerar que existía información engañosa en el producto comercializado como “tortillas de avena 51%”.

La resolución, ratificada por la Secretaría General de Consumo y Juego, concluye que se produjeron tres infracciones leves, sancionadas en su grado máximo, relacionadas con la denominación del producto, el etiquetado y la información ofrecida al consumidor.

Entre las irregularidades detectadas, Consumo señala la incorrecta denominación del producto, al no ajustarse a la normativa sobre pan especial y al inducir a confusión sobre el porcentaje real de cereal integral utilizado. Asimismo, se recoge la ausencia de los datos de contacto de la empresa responsable de la comercialización, un elemento obligatorio en el etiquetado de alimentos.

El organismo también considera que la presentación del producto podía inducir a error al consumidor, ya que las imágenes del envase sugerían una composición basada exclusivamente en avena integral, cuando en realidad incluía otros tipos de harinas refinadas.

Consumo recuerda que, según la normativa vigente, en los productos de marca blanca la responsabilidad de la información alimentaria recae en la empresa distribuidora, en este caso Mercadona, y no únicamente en el fabricante.

La resolución se apoya en el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que regula las prácticas comerciales desleales, así como en el Reglamento (UE) 1169/2011 sobre información alimentaria facilitada al consumidor.

Además de la sanción económica, el expediente incluye una medida correctora, por la que se exige a la cadena de distribución la rectificación de los incumplimientos detectados en el etiquetado del producto.

La empresa dispone ahora de la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses.