Últimos días para solicitar las ayudas de Renfe para los castellanos y leoneses

Tren Renfe en la estación de Zamora
Las solicitudes se pueden realizar hasta el próximo 3 de noviembre 
Renfe hace un último llamamiento para que los ciudadanos de Castilla y León soliciten las ayudas para que realicen el retorno. 

Las ayudas se pueden solicitar hasta el 3 de noviembre, podrán solicitar esta ayuda las personas oriundas o procedentes de Castilla y León que cumplan los requisitos.

Para ser beneficiario de las ayudas, en ambos programas, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la nacionalidad española.

b) Ser mayor de dieciocho años.

c) Ser oriundos o procedentes de Castilla y León, de acuerdo con la definición prevista en el artículo 2.3 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior:

Quien haya nacido en Castilla y León.

Quien al menos durante diez años continuados haya residido en Castilla y León.

Quien sea descendientes de los anteriores.

d) Que el retorno se haya producido o se vaya a producir desde otras Comunidades Autónomas o desde las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla a cualquier municipio de Castilla y León.

e) Carecer de bienes inmuebles de valor superior a 50.000 €, distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno.

f) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y, en su caso, con la Seguridad Social.

g) No haber sido beneficiario perceptor en años previos de ayudas convocadas por la Administración de Castilla y León para facilitar el retorno o la integración de los retornados.

h) Haber residido en cualquier otra Comunidad Autónoma o en las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla al menos dos años dentro de los últimos cinco años, o bien haber trabajado en dichos territorios al menos durante un año, en el caso de personas solicitantes de 35 o más años, o al menos seis meses, en el caso de personas solicitantes menores de 35 años, dentro de los últimos cinco años.

No se considerará como tipo de residencia las estancias puntuales fuera de la Comunidad de Castilla y León por motivos de estudios, turismo u otras actividades lúdicas.

No se considerará como periodo de trabajo los desempeñados fuera de la Comunidad vinculados a prácticas, programas de intercambio, actividades de voluntariado o cualquier otra forma de prestación de servicios no retribuidos.

i) En el caso de que la persona solicitante tuviera 35 años o más no deberá haber percibido en el año 2022 ingresos brutos superiores a 16.800 €. En el caso de que la persona solicitante tuviera menos de 35 años no deberá haber percibido en el año 2022 ingresos brutos superiores a 33.600 €.