Vallesa de la Guareña regula solicitudes, horarios y responsabilidades del salón de baile

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Entre las normas de uso, se recogen obligaciones como respetar los horarios establecidos, cuidar las instalaciones y el mobiliario

El Ayuntamiento de Vallesa de la Guareña ha aprobado de forma definitiva la modificación de la ordenanza fiscal que regula el uso del salón de baile municipal. El anuncio establece las nuevas condiciones para la utilización de este espacio público, así como las tasas y normas que deberán cumplir los usuarios.

La ordenanza fija como objetivo principal regular la solicitud, uso y funcionamiento del salón de baile, priorizando en primer lugar las actividades organizadas por el propio Ayuntamiento, que tendrán preferencia absoluta y libertad de horario. En segundo término se sitúan las asociaciones y colectivos del municipio, mientras que las solicitudes de particulares o entidades externas quedarán supeditadas a la disponibilidad del espacio.

Entre las normas de uso, se recogen obligaciones como respetar los horarios establecidos, cuidar las instalaciones y el mobiliario, mantener el orden tras cada actividad y evitar molestias al vecindario. Asimismo, los solicitantes serán responsables de cualquier daño que pueda producirse durante el desarrollo de los actos.

La normativa también detalla una serie de prohibiciones, entre ellas destinar el local a fines distintos de los autorizados, realizar actividades lucrativas, fumar en el interior o llevar a cabo eventos que puedan resultar molestos, peligrosos o contrarios a la legalidad.

En cuanto al procedimiento, las solicitudes deberán presentarse con al menos quince días de antelación e incluir información detallada sobre la actividad, el número de asistentes y un responsable del evento. El Ayuntamiento podrá exigir además una fianza o la contratación de un seguro de responsabilidad civil antes de autorizar el uso.

Respecto a las tasas, la ordenanza establece un precio general de 50 euros por evento, al que se suman 100 euros en caso de instalar una barra de bar en el interior del recinto. No obstante, quedarán exentos del pago determinados usos vinculados a actividades de interés general o tradiciones locales.