Abierta la convocatoria de ayudas para asociaciones en Moraleja del Vino

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Podrán optar a estas ayudas las asociaciones y clubes que cumplan una serie de requisitos

El Ayuntamiento de Moraleja del Vino ha aprobado una nueva convocatoria de subvenciones dirigida a entidades deportivas y asociaciones locales sin ánimo de lucro para el ejercicio 2026, con el objetivo de apoyar el desarrollo de actividades culturales, deportivas, benéficas y asistenciales en el municipio.

La convocatoria ha sido aprobada mediante la Resolución de Alcaldía n.º 2026-0045, de 13 de abril de 2026, y se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva, garantizando la igualdad de oportunidades entre los solicitantes.

Podrán optar a estas ayudas las asociaciones y clubes que cumplan una serie de requisitos, entre ellos estar legalmente constituidos, tener sede en el municipio y acreditar al menos dos años de antigüedad, salvo excepciones para entidades de nueva creación.

También será necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como haber justificado correctamente subvenciones anteriores concedidas por el Ayuntamiento.

El programa subvenciona tanto actividades ya realizadas como proyectos previstos para el año 2026, así como gastos derivados de la creación de nuevas asociaciones.

La convocatoria cuenta con una dotación total de 8.000 euros, que se imputará a la partida presupuestaria municipal correspondiente. La cuantía a percibir por cada entidad dependerá de la puntuación obtenida según los criterios establecidos en las bases, que valoran aspectos como la implantación, la calidad del proyecto, su impacto social y su viabilidad económica.

Las solicitudes deberán presentarse en un plazo de 15 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, a través del registro municipal o de los canales establecidos en la normativa administrativa.

En caso de que la documentación esté incompleta, se concederá un plazo de 10 días para su subsanación.

El pago de las ayudas se realizará una vez justificada la actividad subvencionada, aunque las entidades podrán solicitar anticipos de hasta el 100% de la cuantía concedida. La justificación deberá presentarse antes del 15 de enero del año siguiente.