Clara San Damián:"El alcalde tiene que estar dispuesto a sentarse con nosotros, con los grupos municipales"

El Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de Castilla y León ha estimado, íntegramente, el recurso presentado por el grupo municipal del Partido Popular y se declara "nulo" de pleno derecho así como el pliego que licita los tres objetos del contrato de la ORA.

Clara San Damián y José Luis González Prada, portavoz y viceportavoz del PP, han explicado con todo lujo de detalles la estimación del recurso en la rueda de prensa convocada esta mañana en la sede municipal del PP
San Damián declara que "se ha evitado un grave problema al Ayuntamiento de Zamora" a su vez anunciaba que: "con esta resolución han evitado que se hipoteque por 15 millones de euros a todos los zamoranos"

Desde el PP creen también que van a favorecer, con una nueva licitación, la concurrencia de las pequeñas y medianas empresas de Zamora y así se evitará que un gran negocio vaya a parar a manos de alguna empresa multinacional".
Según San Damián y en el Pleno de agosto, Antidio Fagúndez dijo que "había mantenido conversaciones con alguna gran empresa de Zamora", lo que llamó mucho la atención al grupo Popular puesto que se le estaba olvidando al primer teniente de alcalde que en nuestra ciudad hay pequeñas empresas que también pueden prestar servicios por separado, como la grúa, los aparcamientos y la ORA, esperamos que algún día explique lo qué quería decir".

Después del relato de lo que supone esta sentencia para el PP, San Damián explicó cuáles eran los términos de la misma: "Que se resuelva el grave problema del Ayuntamiento y de todos los zamoranos, como es cumplir una sentencia judicial, y esperamos que se empiece de cero, y le pedimos al alcalde que cuente con nosotros y que el grupo municipal del PP se pone a disposición del equipo de gobierno y, por esa razón, le pedimos que convoque, de manera inmediata, una junta de portavoces de todos los grupos municipales y una comisión informativa para que se nos diga qué tienen pensado hacer a partir de ahora: si van a asumirán y acatarán esta resolución o tienen pensando acudir al contencioso, porque se ha cerrado la vía administrativa y se abre la vía contenciosa".
San Damián apostillaba:"Nosotros nos ponemos a su disposición y le pedimos que cuente con nuestro grupo municipal, porque hasta ahora lo que están haciendo es responder con arrogancia, con soberbia, y con temeridad manifiesta en la gestión y de una manera chapucera, y, sobre todo, nos están insultando permanentemente".
La resolución del TARCYL resuelve definitivamente que "no se cumple con el principio de complementariedad dado, que existen intereses contrapuestos entre ellas, que pueden perjudicar la actividad coordinada que se desea establecer y a los propios vecinos. Desde el punto de vista del consumidor, un aparcamiento subterráneo compite tanto con otro como con el aparcamiento en la vía pública".

Definitivamente, los pliegos impugnados, y según el TARCYL, "infringen los postulados del artículo 25.2 del TRLCSP" y, también "los recurrentes consideran que el contrato está incorrectamente calificado".
El Tribunal "estima el recurso planteado, por lo que declara la nulidad de pliegos y demás documentos contractuales, que rigen la contratación de la gestión y explotación de la ordenación y regulación de los aparcamientos en superficie (ORA) del servicio municipal de retirada de vehículos (Grúa) y de los aparcamientos subterráneos de las plazas de la Constitución y de San Martín, al unir en un único contrato prestaciones carentes de suficientes relaciones de complementariedad que exijan su consideración y tratamiento como una unidad funcional, en lugar de licitarlas –como sería menester- separadamente o dentro de lotes diferenciados de un mismo contrato, para que sean objeto de adjudicación individualizada e independiente".