Pasos para regularizar la titularidad y custodia de un vehículo tras el fallecimiento del titular
La gestión de un vehículo cuyo titular ha fallecido suele generar dudas entre los familiares, que a menudo desconocen que el coche o la moto siguen produciendo obligaciones administrativas aunque el propietario ya no esté. Para evitar problemas posteriores, la Dirección General de Tráfico ha establecido, a través de la Instrucción VEH 2022/01, un procedimiento claro destinado a facilitar la transmisión de la titularidad y la correcta custodia del vehículo durante el proceso hereditario.
Por qué es fundamental comunicar la custodia provisional
Tras el fallecimiento, el vehículo continúa dado de alta en el Registro de Vehículos y mantiene todas sus obligaciones: pago de impuestos, seguro obligatorio, ITV, responsabilidad civil en caso de accidente o posibles sanciones.
Si un familiar utiliza el vehículo sin haber comunicado su custodia provisional, cualquier incidencia quedará asociada al titular fallecido, complicando la identificación del responsable.
Por este motivo, el artículo 32.6 del Reglamento General de Vehículos establece la obligación de comunicar a la DGT, en un plazo máximo de 90 días, quién tiene la custodia y el uso provisional del vehículo mientras se resuelve la herencia.
“Es muy habitual que los herederos no sepan que el vehículo sigue generando obligaciones aunque el titular haya fallecido. Nuestro trabajo es acompañarles para que ninguna gestión administrativa se convierta en un problema añadido”, explica Lavinia Benedit, abogada de Pyramid Consulting.
La transmisión definitiva: el último paso
Una vez completado el proceso hereditario, la persona adjudicataria del vehículo deberá solicitar el cambio de titularidad definitivo. Para ello deberá presentar la documentación establecida por Tráfico:
-solicitud oficial,
-tasa correspondiente,
-acreditación del pago del Impuesto de Sucesiones,
-resto de documentos reglamentarios.
Solo con esta documentación completa la DGT podrá emitir un nuevo permiso de circulación, dejando regularizada la situación administrativa del vehículo y reflejando en el Registro quién es su titular real.