Dos años de cárcel para una mujer de Zamora por robarle 87.000 euros al enfermo que cuidaba

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la acusada a dos años de cárcel tras ratificar la sentencia dictaminada por la Audiencia Provincial de Zamora.

El Ttribunal Superio de Justicia ha ratificado la acusación contra la acusada M.R.v., una mujer que estuvo cuidando de un varón durante una grave y avanzada enfermedad degenerativa durante los últimos meses de su vida, en el plazo aproximadamente de un año, hasta que falleció el 4 de septiembre de 2017. En ese tiempo el varón sufrió varias recaídas e ingresos hospitalarios y habida cuenta de la confianza depositada enM.R.V., éste llegó a registrarla como apoderada en cuentas bancarias de las que él era titular, e incluso, días antes de fallecer, la apoderó en escritura notarial.

Valiéndose de aquella autorización bancaria, la acusada sacó dinero de dichas cuentas en varias ocasiones, con intención de apropiarse del mismo, manteniendo sin embargo que esas sumas se entregaban al enfermo. Sin embargo, ha quedado acreditado mediante prueba pericial que de entre ellas existieron al menos cuatro de especial relevancia que no llegó a entregarse, apropiándose de ellas por un total de 89.000 euros.

Tras presentar un recurso de apelación a la sentencia dictaminada por la Audiencia Provincial, el Tribunal Superior de Justicia confirma la sentencia en la que condena a la acusada como autora responsable criminalmente de un delito continuado de apropiación indebida, con la agravante del valor de lo defraudado y abuso de las relaciones personales, a la pena de prisión de dos años, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y multa de ocho meses, con una cuota diaria de 10 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

Así mismo, condena a la mujer al pago de las costas de este procedimiento, incluyendo las de las acusaciones particulares y la acusada deberá reintegrar a la comunidad hereditaria del varón fallecido la cantidad de 89.000 euros, que devengará el interés previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil hasta su efectivo pago.