La DGT prohibe la circulación de los vehículos de movilidad personal pero deja la opción de regulación de tránsito a los ayuntamientos
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado el pasado 3 de noviembre una instrucción y normativa para prohibir la circulación de vehículos de movilidad personal por las aceras. En esta nueva norma se incluyen patinetes eléctricos, segway y sillas con motor eléctrico para personas con movilidad reducida, entre otros. Hasta ahora, existía un vacío legal al respecto y la DGT deja la última palabra y las diferentes opciones de circulación a los ayuntamientos
Esta propuesta de la DGT es muy difícil de aplicar en determinadas ciudades en las que los vehículos de movilidad personal son muy numerosos y populares y circulan por los espacios destinados a los peatones. Según la Dirección General de Tráfico, estos aparatos pueden generar situaciones de riesgo en el espacio urbano con el resto de usuarios, debido a que no existe una normativa específica que ahora se intenta regular.
De acuerdo con lo dispuesto anteriormente en la normativa, los VMP, podrán ubicarse físicamente en el ámbito de la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local. La autoridad municipal, no obstante, podrá autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de losvusuarios de la vía. Cuando queden asimilados a ciclos y bicicletas, les será aplicable lo dispuesto para estos en la legislación de tráfico, seguridad vial y circulación de vehículos a motor. En concreto, el uso de los VMP debe realizarse atendiendo a las normas del ordenamiento jurídico vial.
En la normativa se incluirá que los conductores de estos aparatos no necesiten licencia de circulación ni seguro obligatorio, aunque pueden contratarlo voluntariamente.
Por tanto la normativa se regula de forma general pero serán los ayuntamientos los que definitivamente regulen este tipo de tráfico en las ciudades, zonas peatonales y carriles habilitados para circulación especial.
La normativa completa en este LINK