Se inicia hoy el plazo para solicitar ayuda REINCORPORATE de la Junta de Castilla y León

Desde hoy 29 de julio de 2020 hasta el 10 de agosto de 2020 los trabajadores autónomos o por cuenta propia cuyas actividades hayan quedado  suspendidas, en virtud del estado de alarma, que a fecha 30 de junio de 2020 viniera percibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad, y retomen su actividad manteniendo, durante al menos 6 meses desde la reincorporación, el alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos tienen opción a presentar su solicitud de ayuda o subvención 

También los que al haber agotado la prestación extraordinaria por cese de actividad, cotizar en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por la base mínima que corresponda.
Que la situación de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos no se vea interrumpida durante los 6 meses siguientes a su reincorporación.
No solicitar a la Seguridad Social moratoria o aplazamiento en el pago de las cuotas para los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020.
Realizar su actividad y estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
AYUDA
Será subvencionable el 40% de la cuota por contingencias comunes y profesionales, de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2020, abonadas por los trabajadores beneficiarios, tras finalizar la prestación extraordinaria por cese de actividad para los afectados por declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 , que se hayan acogido a la exención en la cotización establecida en el artículo
8 del Real Decreto Ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial.