Benavente inicia el trámite para modificar la ordenanza fiscal de la plusvalía urbana
El Ayuntamiento de Benavente ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), conocido popularmente como plusvalía municipal. La aprobación tuvo lugar durante el pleno extraordinario del 29 de octubre de 2025, y el anuncio ya ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.
El acuerdo queda ahora sometido a información pública durante un plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente a la inserción del anuncio en el BOP. Durante este tiempo, cualquier persona interesada podrá examinar la modificación en las dependencias de la Secretaría municipal y presentar reclamaciones o alegaciones.
Además, el Ayuntamiento de Benavente ha puesto a disposición de los vecinos el texto íntegro de la modificación en su portal web, facilitando así el acceso a la documentación sin necesidad de desplazamientos.
En caso de que no se presenten alegaciones durante el periodo de exposición pública, la modificación de la ordenanza fiscal quedará definitivamente aprobada de forma automática, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario.
El anuncio incorpora un anexo relativo a la gestión del impuesto, en el que se detalla que los sujetos pasivos deberán presentar el modelo de autoliquidación suministrado por el Ayuntamiento o el incluido en el Anexo I de la ordenanza. El documento deberá contener todos los datos necesarios para determinar correctamente la deuda tributaria.
No obstante, la ordenanza especifica que no será posible la autoliquidación cuando el terreno urbano o integrado en un bien inmueble de características especiales carezca de valor catastral determinado en el momento del devengo. En esos casos, será el Ayuntamiento quien practique la liquidación una vez establecido dicho valor, refiriéndolo al momento del hecho imponible.
Asimismo, si el contribuyente no presenta la autoliquidación, o esta resulta incompleta o incorrecta, la administración municipal emitirá la liquidación correspondiente de oficio, basándose en la documentación disponible o en la información que remitan los notarios en cumplimiento de la normativa vigente.