Sin alegaciones, entra en vigor la tasa del cementerio de Fuentesaúco
El Ayuntamiento de Fuentesaúco ha aprobado de forma definitiva la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios del cementerio municipal, tras finalizar sin alegaciones el periodo de información pública. El acuerdo inicial fue adoptado por el Pleno del mes de diciembre de 2025 y, al no presentarse reclamaciones hasta el 5 de febrero de 2026, ha quedado automáticamente elevado a definitivo.
La ordenanza, cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, regula el régimen jurídico y fiscal aplicable a los servicios funerarios municipales, incluyendo la concesión de sepulturas y columbarios, inhumaciones, exhumaciones y otros servicios complementarios. El objetivo, según recoge el documento, es actualizar la normativa conforme a la legislación estatal y autonómica vigente, garantizar el acceso no discriminatorio a los servicios esenciales y asegurar la sostenibilidad económica del cementerio.
Entre las principales tarifas aprobadas figuran: Concesión de sepultura: 1.500 euros. Concesión de columbario: 300 euros. Enterramiento en hueco: 250 euros. Enterramiento en tierra: 350 euros. Enterramiento en columbario o de cenizas: 250 euros.
En cuanto a las exhumaciones, los importes oscilan entre 700 euros para cadáveres de hasta un año y 300 euros para restos de más de nueve años.
El texto establece que las tasas no podrán exceder del coste real o previsible del servicio y podrán revisarse periódicamente por acuerdo plenario.
La concesión de sepulturas y columbarios se configura como un derecho funerario de uso, no como propiedad plena del terreno. El impago de las tasas podrá suponer la resolución de la concesión y la reversión al Ayuntamiento, previa tramitación del expediente correspondiente.
Asimismo, se regulan las condiciones de transmisión de los derechos funerarios —permitida únicamente mortis causa entre herederos directos— y se prohíben las cesiones inter vivos sin autorización municipal.
El Ayuntamiento asumirá la conservación general del recinto, con al menos dos actuaciones de mantenimiento al año, una de ellas antes del 1 de noviembre. Los titulares deberán mantener en buen estado sus sepulturas y elementos privativos.