miércoles. 24.04.2024

Las actuaciones tienen su origen en la denuncia y posterior querella formulada por un presunto delito contra el Medio Ambiente contra la CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO e IBERDROLA donde pone de manifiesto que esta última, es la empresa que en la actualidad viene explotando las centrales hidroeléctricas de Ricobayo I y Ricobayo II, sobre una presa hidráulica que no solo suministra agua para la producción de energía eléctrica en las instalaciones de dichas centrales, sino que también sirve para suministrar el regadío de la zona de Tábara y para el abastecimiento de agua de los pueblos ribereños del embalse y que garantiza el agua de las masas de agua subterránea aledañas al embalse, además de todas las zonas de baño y recreativas existentes en torno al embalse incluida la playa de Ricobayo.

Los municipios afectados denunciaban que a principios del mes de julio de 2021 el embalse de Ricobayo tenía embalsada el 60% de su capacidad, teniendo garantizado el suministro de agua tanto para la producción de energía eléctrica como para el abastecimiento de agua potable y del agua de riego.

Sin embargo, durante la última semana del mes de julio de 2021, se procedió por parte de la empresa a producir energía de forma masiva, coincidiendo con los momentos del precio más elevado de la luz en el mercado, produciéndose un enriquecimiento ilícito por parte de la compañía eléctrica y perjudicando a todos los usuarios y consumidores.

Esta producción energía ha supuesto que el embalse ha pasado de estar a más de un 60% a principios de julio de 2021, a estar a un 12% el día 31 de julio de 2021. Además, los municipios ponían en entredicho la prórroga de la concesión que debería haber vencido en el año 2010.

Como consecuencia de todo esto, las poblaciones querellantes aducían que el desembalse masivo ha producido daños irreparables para la fauna y la flora del embalse, además de proceder a la muerte de miles de peces por falta de agua y que podría derivar en una contaminación de las aguas.

Sin embargo, el Juzgado de Instrucción Número 4 dictamina que de las pruebas practicadas se desprende que los hechos denunciados carecen de reproche penal.

El fallo remite a un primer informe del Seprona y a la investigación policial  y concluye que, tras inspeccionar los lugares afectados, así como comprobar la afección que pudiera tener al medio natural y a la fauna, "se puede manifestar que ha existido un descenso importante de las aguas", pero no se atenta contra el medio ambiente y a la fauna que ella alberga, al no tener constancia ni observar muerte de fauna existente.

Por otro lado, el Juzgado reconoce que tampoco se tiene conocimiento de desabastecimiento de poblaciones, y únicamente se puede ver afectada debido al descenso del nivel de agua la captación de la Urbanización del Esla, y en fecha 3 de agosto de 2021, la dehesa de Valdellope.

En consecuencia, el descenso del nivel de agua si puede afectar al resultado de las cosechas principalmente de las dehesas, y las actividades relacionadas con las embarcaciones de recreo, pudiendo existir en todo caso de probarse los daños alegados un responsabilidad patrimonial que debe depurarse en la vía administrativa.

Aunque el Juzgado reconoce que hubo un descenso pronunciado de las aguas, falla que las cotas de utilización de este embalse se encuentran aún dentro de las cotas extremas de utilización, cuyo nivel mínimo es de 639 metros, y el descenso durante el mes de julio ha alcanzado la cota de 644, 80 metros.

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