viernes. 29.03.2024
Urna de votaciones en un colegio de Zamora
Urna de votaciones en un colegio de Zamora

El Consejo de Cuentas de Castilla y León ha hecho entrega en el Parlamento autonómico de ocho informes sobre el “Examen de la contabilidad electoral de las elecciones a las Cortes de Castilla y León celebradas el 13 de febrero de 2022”.

Se trata de una auditoría de mandato legal por medio de la cual el órgano de control externo se pronuncia sobre la regularidad de las contabilidades electorales, atendiendo a un doble objetivo. En primer lugar, analizar el cumplimiento de la normativa en materia de ingresos y gastos electorales, así como de la normativa general aplicable. En segundo lugar, examinar la regularidad de la contabilidad electoral presentada por cada una de las formaciones políticas obligadas a ello.

Según lo previsto en la legislación electoral estatal y autonómica, están obligados a rendir la contabilidad electoral al Consejo de Cuentas los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que hayan alcanzado los requisitos para la percepción de subvenciones como consecuencia de haber obtenido representación parlamentaria, así como los que hayan solicitado un adelanto de subvenciones por haberlas obtenido en la anterior convocatoria de elecciones autonómicas.

Las formaciones políticas han de presentar al Consejo de Cuentas su contabilidad electoral entre los 100 y 125 días desde la celebración de las elecciones, el cual debe pronunciarse sobre su regularidad en los 200 días posteriores a los comicios, proponiendo, en su caso, la reducción o la no adjudicación de la subvención a percibir.

Conforme a las normativas estatal y autonómica, el Consejo de Cuentas debe remitir a la Junta y a las Cortes de Castilla y León el resultado de su fiscalización mediante un informe razonado, que comprende la declaración del importe de los gastos regulares justificados por cada partido, federación, coalición o agrupación de electores.

El pasado 28 de enero el Consejo publicó en el BOCYL la instrucción relativa a la dicha fiscalización electoral para precisar los criterios técnicos a seguir en este trabajo, así como el alcance y los requisitos de la documentación contable y justificativa a remitir por las formaciones políticas, que debe ser presentada en soporte electrónico.

En opinión del Consejo de Cuentas, la contabilidad electoral rendida por las formaciones políticas es representativa de los ingresos y gastos electorales declarados, cumpliéndose la normativa electoral aplicable, tal y como se ha reflejado en los resultados de la fiscalización.

En consecuencia, el Consejo de Cuentas declara que los gastos regulares justificados por las ocho formaciones políticas ascienden conjuntamente a 3.696.292,84 euros, de los cuales 2.610.919,64 son en concepto de gastos ordinarios y 1.085.373,20 en concepto de gastos por envíos directos de propaganda y publicidad electoral. Su desglose es el siguiente:

En función del gasto realmente justificado, el cumplimiento de los límites establecidos y la subvención teórica máxima correspondiente, la subvención total a percibir por las formaciones políticas conjuntamente asciende a 2.309.264,04 euros, de los cuales 1.223.890,84 euros corresponden a los resultados electorales y 1.085.373,20 a los envíos.

Por último, en función de los resultados de la fiscalización, no corresponde proponer la no adjudicación o, en su caso, la reducción de la subvención electoral a percibir por la formación política.

De acuerdo con la ley electoral autonómica, el límite máximo de gastos es el que resulta de multiplicar por 0,38 euros el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de las circunscripciones donde la formación política presenta sus candidaturas. Ninguna formación política ha superado los límites de gastos previstos para las elecciones a las Cortes de Castilla y León.

La normativa autonómica prevé la concesión de subvenciones por cada escaño y por cada voto conseguido, de acuerdo con las reglas que se establecen, así como por los gastos ocasionados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral. Estas cuantías no han sufrido variación respecto a las establecidas para la última convocatoria de elecciones a la Cámara autonómica:

10.205,62 euros por cada escaño obtenido.

0,40 euros por cada voto conseguido por cada candidatura que hubiera obtenido, al menos, un escaño.

0,19 euros por elector, por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral, siempre que la candidatura de referencia hubiera obtenido representación parlamentaria.

En ningún caso la subvención correspondiente a cada grupo político puede sobrepasar la cifra de gastos electorales declarados justificados por el Consejo de Cuentas en el ejercicio de su función fiscalizadora.

El Consejo de Cuentas realiza una serie de recomendaciones a las Cortes de Castilla y León sobre la conveniencia de determinadas modificaciones en la normativa electoral de Castilla y León. De forma singular, también se realizan recomendaciones a seis formaciones políticas.

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